InformaciĆ³n Ley 12/2015 – Nacionalidad para sefardies

Debido a la progresiva implantaciĆ³n de medidas de emergencia para combatir el Coronavirus COVID-19 en los distintos paĆ­ses, la FCJE informa:

La FederaciĆ³n de Comunidades JudĆ­as de EspaƱa continua trabajando para la emisiĆ³n de certificados de origen sefardĆ­ en su plataforma : https://certificadosefardies.fcje.org/ . Se tramitan todas las solicitudes recibidas hasta la fecha asĆ­ como las que se siguen recibiendo.

Los solicitantes que tengan cita con el Notario en el prĆ³ximo mes podrĆ”n acordar una nueva fecha de comparecencia.

Los solicitantes que estĆ©n a la espera de la concesiĆ³n de la nacionalidad, deben esperar a recibir el comunicado del Consulado.

ExĆ”menes en el Instituto Cervantes:  

Debido a situaciĆ³n creada por la pandemia de la COVID-19, todos los centros del Instituto Cervantes se han visto obligados a cancelar los exĆ”menes del DELE y CCSE necesarios para la tramitaciĆ³n de los expedientes.

Los candidatos serĆ”n asignados a convocatorias posteriores para que conserven la posibilidad de hacer los exĆ”menes sin repetir los trĆ”mites de inscripciĆ³n. Una vez que se reanuden los exĆ”menes del Instituto Cervantes y se restablezcan las comunicaciones aĆ©reas los solicitantes podrĆ”n subsanar sus solicitudes.

El Instituto Cervantes irĆ” comunicando nueva informaciĆ³n a los solicitantes a medida que se produzca. 

Si tiene cualquier duda o peticiĆ³n, puede escribir al Centro de AtenciĆ³n al Usuario.

Comparecencia ante Notario

De igual manera, y debido a la suspensiĆ³n del transporte aĆ©reo de viajeros en y hacia EspaƱa, se prorroga el plazo establecido por la Circular de 9 de septiembre de 2019 de manera que, una vez que se restablezcan las comunicaciones aĆ©reas los solicitantes puedan subsanar sus solicitudes.

Por lo tanto se prorroga el plazo de subsanaciĆ³n de las todas las solicitudes presentadas en plazo en virtud de la Ley 12/2015, de 24 de junio, en materia de concesiĆ³n de la nacionalidad espaƱola a los sefardĆ­es originarios de EspaƱa, hasta el 1 de septiembre de 2021.

Dicho plazo serĆ” objeto de revisiĆ³n en el caso de persistir las circunstancias causadas por la pandemia del COVID19.

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